martes, enero 21, 2025

Cambios en la ley de dependencia en la Comunidad de Madrid|Octubre 2023

Mayor autonomía y mejor atención

La modificación propuesta en el Real Decreto 675/2023 busca promover la autonomía personal y mejorar la atención a las personas en situación de dependencia. Esto se alinea con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas, ratificada por España en noviembre de 2007, que tiene como objetivo garantizar los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas con discapacidad.

Plan de choque en dependencia

Este plan incluye medidas como el aumento de las cuantías del nivel mínimo de protección, el reconocimiento de la teleasistencia como un derecho subjetivo, mejoras en las prestaciones económicas y servicios de atención a la dependencia, tanto en términos de cuantía como de intensidad, y la modificación de la prestación económica de cuidados en el entorno familiar y el apoyo a cuidadores no profesionales.

Cambios en la prestación de teleasistencia

Se establece la prestación del servicio de teleasistencia como un servicio complementario a las demás prestaciones contenidas en el programa individual de atención para todos los grados de dependencia, excepto el servicio de atención residencial. Además, se han incrementado las cuantías máximas de las prestaciones económicas y se ha establecido una cuantía mínima. Asimismo, se ha aumentado la intensidad de las horas de servicio de ayuda a domicilio.

Cambios en el acceso a la prestación económica

En lo que respecta al acceso a la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales, se han realizado modificaciones significativas en los requisitos y condiciones de acceso.

Uno de los cambios más significativos ha sido el aumento en la intensidad de los servicios de ayuda a domicilio (SAD), expresado en el número de horas asignadas. Actualmente, estos intervalos se dividen en tres grados:

  • Grado I: 20-37 horas al mes.
  • Grado II: 38-64 horas al mes.
  • Grado III: 65-94 horas al mes.

Si la Planificación Individual de Atención (PIA) de un individuo no coincide con estos intervalos de horas de SAD, se les anima a solicitar una revisión de su PIA para que se ajuste a estas nuevas directrices. Para llevar a cabo este proceso, es necesario concertar una cita con el trabajador social de referencia.

En el caso de aquellos que estén considerando solicitar la Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar, es importante destacar las siguientes novedades:

  • Se ha eliminado el requisito de convivencia previa de más de un año.
  • Ya no es necesario que la persona cuidadora sea un familiar directo de la persona dependiente, siempre y cuando pueda demostrar que su cuidado es no profesional de manera adecuada.
  • En los casos de personas dependientes con Grado I, no se requerirá que vivan en el mismo domicilio.

Además, se ha llevado a cabo una revisión de las cuantías máximas de todas las prestaciones económicas, con la retroactividad correspondiente desde la entrada en vigor del Real Decreto. Es importante señalar que se mantienen las cuantías mínimas establecidas a nivel autonómico, ya que son más beneficiosas para la ciudadanía.

Para aquellos interesados en obtener información adicional o detalles específicos sobre estos cambios, se proporcionan los siguientes recursos:

Finalmente, para concertar una cita con el trabajador social de referencia, se pueden utilizar los siguientes números de teléfono: 912684948 y 626306673. Estos cambios representan un importante avance en la atención y el apoyo a las personas dependientes en la Comunidad de Madrid, buscando siempre mejorar su calidad de vida y bienestar.

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